El programa de HCS proporciona servicios y apoyos a personas que tienen una discapacidad intelectual (ID) o un trastorno relacionado y viven con sus familias, en sus propios hogares, con una familia de acogida, o en pequeños hogares en grupo con no más de cuatro camas.
Un trastorno relacionado es una discapacidad distinta de una ID o una enfermedad mental, que comienza antes de la edad de 22 años y no es probable que desaparezca. Este trastorno también debe causar limitaciones funcionales importantes, similares a las de una persona que tiene una ID. El autismo y otras discapacidades del desarrollo, como la parálisis cerebral, los trastornos convulsivos y la espina bífida, son ejemplos de trastornos relacionados (en inglés).
El programa opcional de HCS es una alternativa a recibir los servicios en un centro de atención intermedia (ICF) para personas con discapacidad intelectual o trastornos relacionados (IID).
Qué incluye el programa de HCS:
El programa de HCS incluye servicios residenciales, dispositivos para la adaptación, habilitación diurna (ayuda para el desarrollo de habilidades vitales básicas), pequeñas modificaciones en la casa, enfermería, respiro, terapias profesionales, empleo con apoyo y otros servicios.
El programa de HCS también ofrece la posibilidad de que las personas autoadministren algunos servicios. Esto significa que cualquier persona inscrita en el programa puede tener control sobre cómo se prestan y administran algunos de los servicios que recibe.
Requisitos para recibir los servicios de HCS:
- No hay límite de edad para recibir los servicios.
- La persona debe reunir los requisitos para Medicaid.
- Debe tener una ID según la ley estatal que incluya un coeficiente intelectual (IQ) de 69 o menos. O un diagnóstico de un trastorno relacionado con un IQ de 75 o menos. O tener un trastorno relacionado aprobado y reunir los requisitos para ingresar en un centro de reposo, sea cual sea su puntuación de IQ. Los ingresos y los bienes no pueden superar los límites siguientes: un ingreso mensual de hasta el 300% del límite de ingresos mensuales de la Seguridad Social Suplementaria (SSI) y no más de $2,000 en bienes. Lo anterior se refiere a los ingresos de su hijo, no a los de la familia.
- La persona no puede estar inscrita en otro programa opcional. Su hijo puede permanecer en otras listas de interés de otros programas opcionales al mismo tiempo que está inscrito en el programa de HCS.
Comparación de los programas opcionales (en inglés) y los servicios que ofrecen, incluidos los servicios de HCS.
Tres consejos importantes para las listas de programas opcionales
- No se demore, añada a su hijo a las listas de inmediato: Considere añadir a su hijo a tantas listas de interés de programas opcionales como sea posible cuando se le diagnostique por primera vez una discapacidad o necesidades médicas especiales. Incluso si aún no ha sido diagnosticado, también debería pensar en añadir a su hijo a las listas si tiene motivos para creer que tendrá una discapacidad a largo plazo o necesidades médicas especiales.
- Más información: Si está interesado en los servicios del programa de HCS, llame a su autoridad local de discapacidad intelectual y del desarrollo (LIDDA) para que incluyan su nombre en la lista de interesados. Puede buscar aquí el número de teléfono de su LIDDA.
- Actualice su información cada año: Al menos una vez al año, llame para actualizar su información de contacto para que sepan cómo localizarlo. La mayoría de los padres se acuerdan de llamar alrededor de la fecha del cumpleaños de su hijo.